SEGURO DE CAUCIÓN

 

SEGURO DE CAUCIÓN

 

Seguro de caución, una modalidad particular 

Seguro de caución es el que tiene como objeto la emisión de garantías a terceros.

Un aval, en su modalidad de certificado de seguro de caución, es la garantía que se ofrece en caso de incumplimiento de otro. Esta garantía también la encontramos en ocasiones referida con el término fianza. El uso de uno u otro término depende, principalmente, de cómo se haya venido denominando tradicionalmente en el sector en el que se aplique. Visto de este modo, podemos interpretar ambos términos como sinónimos. 

Un medio de garantizar, el seguro de caución

Las garantías, en cualquiera de los términos en los que sean expresadas, las puede ofrecer el propio interesado de forma dineraria o a través de una entidad garante mediante pago del servicio, principalmente bancos y aseguradoras especializadas. El ramo de seguros que se ocupa de las garantías a las que hacemos referencia se denomina caución y es de lo que tratamos en esta web avalesycaucion.com.

También nos ocupamos de lo que podemos entender como una variante denominada seguro de crédito, aunque igualmente podría entenderse viceversa. En ocasiones, la confusión de términos ha dado lugar a denominar al seguro de crédito como “seguro de crédito y caución”. Sin embargo, el seguro de crédito lo que cubre es el posible impago de un cliente al que se le ha realizado la venta de bienes o servicios.

Las ventajas de emplear la caución frente a los avales bancarios las mencionamos repetidamente en esta web, principalmente el hecho de no computar en la CIRBE (registro de obligaciones con la banca gestionado por el banco de España); sus costes suponen al cliente los principales motivos para preferir esta fórmula de aportar garantías mediante seguro de caución.

Elementos participantes en la póliza de caución

El seguro de caución tiene una particularidad muy llamativa con respecto al resto de seguros. En esta modalidad el tomador, la figura que contrata el seguro no es el asegurado, sino quien debe cumplir una obligación contractual. El incumplimiento de la misma es el que origina el siniestro. Y el beneficiario del seguro, al mismo tiempo que asegurado, es quien padece el incumplimiento (Administración Pública o Particular).

Entre ambas figuras, tomador y beneficiario/asegurado, se encuentra la compañía de seguros, que responde del incumplimiento del tomador.

Una aclaración importante al ilustrar sobre el seguro de caución, es señalar que en caso de siniestro el beneficiario dispone de la indemnización por parte de la compañía de seguros. Esta traslada automáticamente la reclamación al tomador, que debe resarcirla de la indemnización pagada al beneficiario. ¿Por qué se procede así?

Lo que el seguro de caución realiza es la función de respaldar con su figura al tomador, con objeto de que el mismo no tenga que aportar la garantía en metálico. Pero, en caso de ser ejecutada la garantía, es decir, que el beneficiario haya cobrado por el incumplimiento del tomador, este debe reponer a la aseguradora la indenmización pagada.

Aplicaciones del seguro de caución

Las garantías ofrecidas mediante seguro de caución tienen múltiples aplicaciones, la mayoría de las veces se emplean para asegurar compromisos ante organismos de la Administración Pública. Como hemos señalado, cuando el interesado no desea hacerlo depositando dinero en metálico, el cual quedaría inmovilizado hasta el fin de sus compromisos.

En esta web se encuentra información disponible sobre las garantías más habituales: seguro de caución ante las Administraciones Públicas en diversas facetas como los concursos o las autorizaciones administrativas para diversas actividades reguladas. Asimimo, el afianzamiento de cantidades entregadas a cuenta para la compra de viviendas. Y, por su parte, en algunas ocasiones pueden establecerse garantías entre empresas privadas como en el caso de las retenciones de obras, acopio de material, o cumplimiento de contratos.

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